Resulta indignante la resolución de la Corte Suprema al dejar sin efecto la expulsión en primera instancia de un funcionario del Poder Judicial, quién incurrió en faltas graves, al acosar sexualmente a parte del  personal en reiteradas ocasiones, argumentando que dichas situaciones “debían ser interpretadas en términos amplios”, contradiciendo la definición de  acoso sexual en nuestro país, que lo describe como una conducta no deseada de naturaleza sexual, ocasionando ofensa, humillación, intimidación, sin el consentimiento por parte de quien la sufre, incluso el Servicio Civil ha descrito las diversas formas de manifestación de esta modalidad de acoso Sexual, pudiendo ser estas, desde miradas sugestivas, sonidos impropios asociados a actos sexuales, hasta tocaciones, besos, abrazos muy efusivos, etc.

Acá el funcionario en cuestión, que ostenta un cargo jefatura, lo que hizo fue justamente acosar sexualmente, con comentarios y conductas lascivas hacia sus subalternas que claramente intimida y humilla a las afectadas. Como Gremio que representa trabajadores/as no compartimos la postura de la máximo Tribunal, que justifica su dictamen en que en estos actos no hay un requerimiento destinado a obtener favores sexuales no consentidos, pues lamentamos que quienes lideran uno de los poderes del Estado no tenga conciencia de lo que es realmente el acoso sexual, donde vemos claramente una falta de formación en perspectiva de género por parte de los jueces de nuestro país.

En materia de acoso sexual, Sergio Lizana Torres, nuestro dirigente de FEDEPRUS Metropolitana, como dirigente gremial de base participa en la Red del Servicio de Salud Metropolitano Central, siendo miembro del Comité de Buenas Prácticas Laborales, siendo parte en la elaboración del Protocolo de Denuncia por Maltrato Laboral, Acoso Laboral y/o Sexual, para salvaguardar la integridad de las trabajadoras de la red, proteger a las mismas a que no sean objeto de este tipo de acoso, desarrollando un trabajo con un equipo multidisciplinario, entregando herramientas para su denuncia y castigo a quienes incurran en esta mala práctica, que hasta hace poco resultaba ser una practica casi habitual en los establecimientos de Salud Pública, en donde, aprovechando la superioridad de un cargo o jerarquía, se cometía acoso sexual sin tener ninguna restricción, pues hasta hace poco estaba normalizado este tipo de comportamiento, Lizana señala que “han sido justamente las organizaciones gremiales, esencialmente la Asociación de Profesionales Universitarios de la Salud, quienes han contribuido a que dichas prácticas sean cuestionadas y sancionadas por toda la comunidad, estableciéndose como prácticas transgresoras, abusivas y, por ende, fueran condenadas a nivel transversal en nuestro país. Por lo anterior resulta nefasto que la Corte Suprema, como órgano superior del Poder Judicial resuelva que Insinuaciones y toqueteos, no constituyen Acoso Sexual”, resultando una burla hacia todas las mujeres que han sufrido este abuso”, concluyó.

FEDEPRUS Metropolitana, espera que se produzca una presión y condena social al actuar de la Corte Suprema que los haga reflexionar sobre bajarle el perfil a lo que a todas luces es un actuar gravísimo que no debiera dejarse pasar y como parte del Poder Judicial, ser los primeros en no permitir que actos como estos queden impunes y sin sanción, mientras sigan sucediendo situaciones como estas que afectan a las y los trabajadores de nuestro país, esta federación seguirá en la lucha por condenar estas conductas y proteger a las víctimas.