Como Federación Democrática de Profesionales Universitarios de Salud Metropolitana (FEDEPRUS), manifestamos nuestra conformidad al Proyecto Ley que sanciona penalmente agresiones a trabajadores/as de la salud, que recientemente fue aprobado en la Cámara de Diputados por unanimidad y por la cual seguiremos luchando para que luego se haga realidad.
Este proyecto modifica el Código Penal para establecer un tipo especial de lesiones contra profesionales que presten servicios en establecimientos educacionales y funcionarios de servicios de salud. La iniciativa, que ahora pasará al Senado, busca reconocer el estatus de autoridad de estos profesionales en el Código Penal, es por este motivo que eleva las sanciones penales en casos de lesiones, en relación al delito común. Esto ya ocurre con autoridades como carabineros y fiscales.
Esta iniciativa legislativa viene a resguardar a nuestras/os trabajadoras/es de la salud, que necesitan sentirse protegidos ante la violencia a la que se enfrentan por parte de usuarios y que en la mayoría de los casos no son visibilizados y se pasan por alto sin mayores resguardos.
Según lo que dice el texto, la iniciativa busca castigar al que “hiera, golpee o maltrate de obra a un funcionario o trabajador de un servicio de salud, o a un docente, personal asistente de la educación o manipuladoras de alimentos que presten servicios en establecimientos educacionales pre-básicos, básico y medio, en instituciones reconocidas por el Estado, en el ejercicio propio de su cargo, o con ocasión de él”
Se aplicará una pena de presidio mayor en su grado medio (desde 10 años y un día a 15 años), si debido a las lesiones “el ofendido queda demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de algún miembro importante o notablemente deforme”. Si las lesiones producen al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días, se le aplicarán sanciones de presidio en su grado medio a máximo, lo que equivale desde 541 días a cinco años. Mientras que, si se le causan lesiones graves, las penas serán de presidio menor en grado mínimo a medio, entre 61 días a tres años y un día. Por último, se multará de once a veinte UTM ($531.355 a $966.100) o con la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, si se ocasionan lesiones leves o no se produce daño alguno.